La Caja Forense y el abandono de los afiliados más vulnerables.

Caja Forense de Mendoza: cuando perder la cobertura médica pone en riesgo la vida

Durante casi veinte años, mi esposo y yo contamos con la cobertura médica brindada por el sistema RAM de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Abogados y Procuradores de Mendoza. Pagamos regularmente nuestras cuotas, organizamos nuestra vida y nuestros tratamientos médicos confiando en que esa cobertura continuaría existiendo.
Sin embargo, en abril de 2026 recibimos una notificación informando que el sistema dejaría de brindar prestaciones de salud en apenas treinta días. La decisión se adoptó unilateralmente, afectando especialmente a quienes, por edad o por enfermedades preexistentes, ya no pueden acceder fácilmente a otra cobertura médica.
Nuestro caso refleja una situación de extrema vulnerabilidad. Tengo 64 años, certificado de discapacidad vigente, problemas severos de movilidad, hipertensión y antecedentes recientes de cáncer de piel. Mi esposo tiene 79 años y padece diabetes insulinodependiente, enfermedad que requiere medicación, controles y monitoreo permanente para evitar consecuencias potencialmente fatales.
A pesar de ello, la Caja decidió finalizar el sistema de salud del cual dependíamos desde hacía casi dos décadas. Posteriormente, incluso rechazó la cobertura integral de medicamentos esenciales, sensores para control de glucosa, estudios médicos y otros tratamientos indispensables para la supervivencia y calidad de vida de mi esposo contra la ley que proteje a los diabéticos y que es nacional.
Frente a ello iniciamos una acción de amparo que actualmente se encuentra en trámite.¿, ya que prometieron cosas que nunca llegaron.
¿Qué derechos están en juego?
La situación no se limita a una discusión administrativa, como pretenden quienes hoy conducen la Caja Forense. Lo que está comprometido es el ejercicio efectivo de derechos humanos fundamentales:
• El derecho a la vida.
• El derecho a la salud.
• El derecho a una vejez digna.
• La protección especial de las personas mayores.
• Los derechos de las personas con discapacidad.
• El principio de confianza legítima generado por casi veinte años de cobertura ininterrumpida.
• La protección de consumidores y usuarios de servicios de salud.
• El principio de no regresividad en materia de derechos sociales.
La Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos reconocen expresamente que las personas mayores, las personas con discapacidad y quienes padecen enfermedades crónicas merecen una protección reforzada.
Sin embargo, pareciera que para la Caja Forense estos derechos se han vuelto invisibles. Tal vez haya que proporcionarles una brújula jurídica para que puedan encontrarlos.
Una situación creada por la propia institución
Uno de los aspectos más llamativos del caso es que la propia Caja decidió en el año 2010 cerrar el ingreso de nuevos afiliados al sistema RAM. Durante años mantuvo esa decisión y permitió que el sistema fuera reduciendo progresivamente su número de beneficiarios.
Hoy utiliza como argumento que no puede pagar a quienes se mantuvieron en el plan medico por ser costosos,  para justificar el cierre definitivo del servicio por considerarlo económicamente inviable.
Es decir, la situación actual no fue creada por los afiliados. Fue consecuencia directa de decisiones adoptadas por la propia institución.
Más grave aún: la decisión de cierre fue tomada en diciembre de 2025 y recién comunicada el 1 de abril de 2026, otorgando apenas treinta días para encontrar una solución a personas de edad avanzada, muchas de ellas con enfermedades graves o discapacidades.
Creo incluso ser una de las afiliadas más jóvenes dentro del grupo afectado.
Más allá de nuestro caso
Este conflicto excede una situación individual. Plantea una pregunta de enorme relevancia jurídica y social:
¿Puede una entidad que brindó cobertura médica durante casi veinte años retirar esa protección precisamente cuando sus afiliados son más viejos, más vulnerables y más dependientes de la atención médica?
La respuesta no sólo impactará en nuestra situación personal, sino también en la de aproximadamente trescientas personas que confiaron durante décadas en el sistema que hoy pretende abandonarlas.
Muchos de ellos cuentan además con OSEP, PAMI, DAMSU. Sin embargo, nada reemplaza automáticamente una cobertura médica sostenida durante veinte años. Las prepagas, en los hechos, no reciben con facilidad personas de edad avanzada o con patologías preexistentes. Quien ha intentado afiliarse después de los 60 años sabe perfectamente de qué estoy hablando.
Por ello la responsabilidad institucional es enorme. Lo que ocurra con estas personas no puede ser ignorado ni minimizado.
A mi entender, este caso terminará siendo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y la decisión que allí se adopte deberá ser respetada por todos. 
Mientras tanto, a mis colegas afectados les digo algo muy simple: no se queden de brazos cruzados. Existen herramientas jurídicas. El amparo es una de ellas. También pueden existir otras vías procesales según cada situación particular.  Pero no se resignen.
Y si la respuesta provincial no fuera la adecuada, nuestro sistema constitucional prevé instancias superiores para revisar las decisiones. Precisamente para eso existe fuera de esta provincia la CSJN y sistemas internacionales de protección de derechos humanos con medidas cautelares también.
La salud, la vida y la dignidad de las personas mayores no pueden convertirse en una variable de ajuste.